sábado, 22 de febrero de 2020

lunes, 29 de julio de 2019

RELLEU-"ESPORT": 0190706-RELLEU-Campió Final XXVII a Palma a06/07/2...

RELLEU-"ESPORT": 0190706-RELLEU-Campió Final XXVII a Palma a06/07/2...: HIMNE   ESPORT  DE  RELLEU  ( EL RELLEU   ÉS   CAMPIÓ )=  https://youtu.be/CYra4QQlHHo 20190706-RELLEU-Campió Final XXVII a Palma a06/...

*RelleuPoble*

RELLEU-"ESPORT": 0190706-RELLEU-Campió Final XXVII a Palma a06/07/2...

RELLEU-"ESPORT": 0190706-RELLEU-Campió Final XXVII a Palma a06/07/2...: HIMNE   ESPORT  DE  RELLEU  ( EL RELLEU   ÉS   CAMPIÓ )=  https://youtu.be/CYra4QQlHHo 20190706-RELLEU-Campió Final XXVII a Palma a06/...

*RelleuPoble*

martes, 22 de marzo de 2016

20160322-OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO 2016 - BOE-nº70 Martes 22 de marzo de 2016.

Ministerio de la PresidenciaReal Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016.

Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016.
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Núm. 70
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de marzo de 2016 Sec. I. Pág. 21089
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 
Descarga PDF: https://www.boe.es/boe/dias/2016/03/22/pdfs/BOE-A-2016-2821.pdf 


Por otra parte, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que el correspondiente real decreto por el que se apruebe la oferta de empleo público podrá contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos.
En este sentido merece especial mención la promoción interna que el citado texto refundido configura como una de las medidas de planificación de recursos humanos que tiene como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y que debe ser facilitada por la Administración como vía para la adquisición de las correspondientes competencias y requisito necesario para la progresión en la carrera profesional desde niveles inferiores a los superiores.
Por último, la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, regula, en el artículo 5, el ingreso en los cuerpos nacionales del personal con funciones inspectoras, estableciendo que, las convocatorias derivadas de la oferta de empleo público, que se efectuarán por el titular del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, contendrán las plazas que para cada cuerpo o escala se autoricen por el Consejo de Ministros en el real decreto por el que se aprueba la oferta de empleo público de la Administración General del Estado y las que propongan las comunidades autónomas que hayan recibido la transferencia orgánica de personal inspector y subinspector.
En consecuencia, las citadas convocatorias incluirán las plazas que se autorizan para el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y las dos Escalas del Cuerpo de Subinspectores Laborales, tanto por ingreso libre como por promoción interna, en los correspondientes anexos de la presente disposición, así como los que propongan las comunidades autónomas que dispongan de trasferencia en los términos indicados en el párrafo anterior.
El presente real decreto, por tanto, tiene como finalidad dar cumplimiento a lo indicado y establecer los criterios que deben orientar los procesos de selección de los candidatos que mejor se ajusten a las necesidades de la Administración General del Estado.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, oída la Comisión Superior de Personal y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de marzo de 2016,
DISPONGO:...............más en  PDF: https://www.boe.es/boe/dias/2016/03/22/pdfs/BOE-A-2016-2821.pdf  

sábado, 27 de febrero de 2016

RELLEU.TREBALL: 20160224-RELLEU-BOLSA DE TRABAJO BRIGADAS FORESTAL...

RELLEU.TREBALL: 20160224-RELLEU-BOLSA DE TRABAJO BRIGADAS FORESTAL...: http://relleutreball.blogspot.com.es/2016/02/20160224-bolsa-de-trabajo-brigadas.html INFORMA 20160224-RELLEU- BOLSA DE TREBAL  BRIG...

20160224-RELLEU-BOLSA DE TRABAJO BRIGADAS FORESTALES - PLAZO DE INSCRIPCIÓN: DESDE EL 24 AL 29 DE FEBRERO DE 2016.-BASES-


INFORMA
20160224-RELLEU-BOLSA DE TREBAL  BRIGADAS  FORESTALES - 



PLAZO DESDE EL 24 AL 29  DE FEBRERO DE 2016.
Inscripciones , INFORMATE EN: Ayuntamiento de Relleu.
Teléfono: 966856041 - Fax: 966856227
Plaça de la Constitució nº 1-Relleu 03578.
Horario de atención al público
Lunes a viernes de 9 a 14 horas.

SOLICITUD POR LA WEB:de TRAGSA:     http://bolsabecv.tragsa.es 

Más información en: más información en Facebook :




BASES DE LA CONVOCATORIA DE BOLSA DE ASPIRANTES SERVICIO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA TERRESTRES COMUNITAT VALENCIANA
Al objeto de tener prevista la puesta en marcha del Servicio Brigadas de Emergencia, de no cubrirse todas las necesidades de personal con los integrantes del Listado de Personal, se convoca procedimiento para optar a la cobertura de las plazas provisionales restantes.

Los aspirantes a participar en la convocatoria deberán registrarse exclusivamente cumplimentando el formulario establecido al efecto en la página web de TRAGSA(www.tragsa.es) en el apartado Equipo Humano/Trabaja con Nosotros/Brigadas deEmergencia Comunitat Valenciana. No serán admitidas solicitudes presentadas a través de otro medio.
El plazo de inscripción abarcará el periodo comprendido entre las 9:00 horas del 24 de febrero de 2016 y las 10:00 horas del 29 de febrero de 2016.
Para la inscripción a esta convocatoria es necesario el cumplimiento, por parte de los aspirantes, de los siguientes requisitos: Bases de la convocatoria http://bolsabecv.tragsa.es/Bases%20de%20la%20convocatoria.pdf 


-  Ser mayor de 18 años, menor de 65 años y tener el permiso de residencia y trabajo, si procede.
-  Estar en posesión al menos del título de Graduado Escolar o ESO.
-  Estar en posesión del Permiso de conducir B, y en vigor.
* La documentación justificativa de los estos tres requisitos deberá ser adjuntada en un único documento (preferiblemente en PDF) en el apartado 3 de la inscripción online.

II.- RELACIÓN DE ADMITIDOS:
El día siguiente a la finalización del periodo de admisión de aspirantes, se publicará en la página web de TRAGSA la relación de aspirantes admitidos a la convocatoria, así como la fecha, lugar y hora de inicio de las pruebas. Serán excluidos los candidatos que no reúnan los requisitos, y aquéllos cuyas solicitudes no contengan todos los datos requeridos o hubieran sido cumplimentadas de forma errónea.

III.- PRUEBAS:

Las pruebas se realizarán por el orden que se detalla a continuación:

III.1. - PRUEBA FÍSICA:

Los aspirantes admitidos, participarán en la prueba física Pack Test. El día de realización de las pruebas deberá presentar DNI/NIE, Certificado médico emitido y firmado por el médico de cabecera de la Seguridad Social o médico colegiado en aquellos casos en que no se esté afiliado a la Seguridad Social y la declaración de consentimiento voluntario y aceptación de los riesgos de la prueba física (documento que se podrá descargar desde la web).

Ésta prueba será eliminatoria y se valorarán como Apto / No Apto sin adjudicarse ninguna puntuación. Si no se supera una prueba, es decir si es “no apto”, ya no se realizará la siguiente y el aspirante quedará eliminado.

Los aspirantes podrán llevar su propia mochila La empresa facilitará mochilas a los que no la lleven y pondrá la carga.
Nota: Tras la realización de esta prueba se convocará la siguiente para aquellos que la hayan superado, indicando la fecha, lugar y hora. El día del desarrollo de éstas deberá aportarse toda la documentación recogida en el apartado III.4.

III.2.- TEST PSICOTÉCNICO:

Superadas las pruebas físicas se pasarán los test psicotécnicos.


Esta prueba será eliminatoria, se valorará como Apto / No Apto sin adjudicarse ninguna puntuación.

III.3.- EXAMEN PRUEBA DE CONOCIMIENTOS:
Se realiza el mismo día que el Test Psicotécnico. Si se supera el test psicotécnico, se valorará la prueba de Conocimientos. La no aptitud en el test psicotécnico implica que el aspirante queda eliminado.
La prueba de conocimientos consistirá en un examen tipo test de 30 preguntas, cada una con cuatro posibles respuestas (una correcta y tres incorrectas), sobre Incendios Forestales y otras Emergencias en el Medio Rural.
La puntuación máxima a obtener en esta prueba será de 30 puntos, a razón de “1 punto” por pregunta correcta y “- 0’5 puntos” por pregunta respondida incorrectamente. Las preguntas no contestadas no puntúan.
Será necesario obtener 12 puntos para superar la prueba.
No existe un temario oficial que recoja los contenidos del examen de conocimientos antes referido.

(Tras la superación de estas 3 primeras pruebas el personal será baremado en atención a los méritos que se acrediten – Apartado III.4.-)

III.4. – MERITOS:
Los aspirantes que superen las pruebas físicas deberán aportar, cuando se presenten a la prueba psicotécnica/de conocimientos, además de la fotocopia de la documentación requerida en la inscripción indicada en el punto I, fotocopia de la documentación que a continuación se detalla: 

Experiencia profesional en tareas de extinción de incendios forestales, acreditado mediante presentación de contratos de trabajo y/o certificado de empresa. Se puntuará a razón de 0,5 ptos. por mes (Máximo puntuación = 5).
    Experiencia profesional en trabajos realizados relacionados con las actividades agrícolas/forestales/medioambientales y actuaciones en emergencias, (exceptuando lo acreditado para el apartado anterior) acreditado mediante presentación de contratos de trabajo y/o certificado de empresa. Se puntuará a razón de 0,10 ptos. por mes (Máximo puntuación = 2)
      Experiencia profesional que acredite en conducción de camión, acreditado mediante presentación de contratos de trabajo y/o certificado de empresa. Se puntuará a razón de 0,10 ptos. por mes (Máximo puntuación = 2).
        Será necesaria la presentación de la vida laboral para justificar la experiencia profesional. 
        La puntuación máxima que se podrá obtener en la Fase de Méritos es de 9 puntos.
        Documentación necesaria para optar a determinados puestos 
        (Ver anexo adjunto de Grupos profesionales)*


        Titulaciones Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural, Técnico Superior en Paisajismo y Medio Rural, Técnico Medio o Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil. Ingeniero Técnico Forestal, Graduado en Ingeniería Forestal, Graduado en Ingeniería del Medio Natural, Grado en Ingeniería Forestal o del Medio Natural, Ingeniero de Montes y sus correspondencias con la LOGSE. Deberá adjuntarse a la solicitud. Permisos de conducir superiores al tipo B.

        A los aspirantes que hayan superado las pruebas físicas, el test psicotécnico y hayan obtenido al menos 12 puntos en la prueba de conocimiento serán ordenados por la puntuación obtenida de la suma de la prueba de conocimientos y los méritos. En caso de empate, se dará prioridad a la puntuación obtenida en la prueba de conocimientos. Si persiste el empate, se atenderá a la posesión del permiso de conducir superior y antigüedad del mismo.



        * La incorrecta acreditación de los documentos solicitados supondrá la descalificación inmediata del aspirante. Igualmente se desecharán las solicitudes que no adjunten la documentación obligatoria completa.

        III.5. – CURSO DE FORMACIÓN III.6. –


        La asistencia al Curso de Formación de Nuevas Incorporaciones es obligatoria y la no superación del mismo tiene carácter eliminatorio. En caso de optar a una plaza de conductor de autobomba, correturnos o sustituto de vacaciones se convocará al Curso para conductores de Autobomba con una duración estimada de 21 horas.

        Si el aspirante decide no asistir a la edición del curso a la que se le convoque se eliminará del proceso.


        III.6.- PRUEBAS MÉDICAS:
        Se efectuarán al personal que haya superado todas las pruebas anteriores, previamente a la firma del contrato de trabajo.
        Estas pruebas tienen carácter eliminatorio.
        Se efectuará una prueba de capacidad aeróbica, la prueba del BANCO, que se desarrollará según lo especificado en el Anexo no 1.


        IV.- BOLSA DE ASPIRANTES
        Los aspirantes que superen todas las pruebas establecidas anteriormente pasarán a formar parte de la Bolsa de Aspirantes.

        En el Acta 14 de la Comisión de Seguimiento queda acordado el proceso. (*)

         ++++++++++++++++++
        ANEXO No 1
        PRUEBA DE APTITUD FÍSICA (PRUEBA DEL BANCO)

        La aptitud física de los trabajadores para la realización de las actividades requeridas por el Servicio se acreditará mediante la capacidad aeróbica, conforme a la prueba recogida en el presente anexo.

        La capacidad aeróbica es el caudal máximo de oxígeno que se puede captar a través del sistema respiratorio y seguidamente, transportar a todos los músculos del cuerpo por el sistema circulatorio.

        La asimilación de oxígeno es el factor básico que limita la capacidad para realizar el esfuerzo requerido por un trabajo, ya que los músculos necesitan un aprovisionamiento continuo durante el mismo; cuanto más eficiente sea el sistema de captación y de transporte de oxígeno, mejor se puede realizar el trabajo físico.

        Además de un adecuado aporte de oxígeno, la realización de trabajos físicos requiere también una aptitud muscular suficiente, que se manifiesta en la fuerza, agilidad, reflejos, equilibrio y habilidad.

        Para contrastar la aptitud física de los trabajadores del Servicio se empleará la llamada “Prueba del banco” con la que se determina su capacidad aeróbica. Para someterse a esta prueba los trabajadores no tendrán limitadas ninguna de sus funciones mecánicas.

        En sus realización se emplean un banco de 40 cm. de altura para hombres y de 33 cm. para mujeres, en el que se subirá y bajará a razón de 90 movimientos por minuto (25,5 veces/minuto) durante un periodo de 5 minutos.

        El ritmo se marca con un aparato denominado “metrónomo”. Una vez finalizado este tiempo, la persona que ha realizado el ejercicio reposará 15 segundos, tras lo cual se le tomará el pulso durante otros 15 segundos.

        Con los datos obtenidos, se pasa a las tablas en la que se determina la capacidad aeróbica. El valor mínimo exigible de la capacidad aeróbica para los trabajadores del Servicio es de 40, considerándose como “no aptos” los que no lo alcanzasen.

        Previamente a realizar esta prueba se recogerán los datos siguientes: pulso en reposo, edad y peso, además de aquellos otros que resulten aconsejables para evitar riesgos al trabajador que se someta a ella.
        Es recomendable hacer la prueba del banco en lugar amplio y con una temperatura de 20 a 25 oC.

        (La prueba del banco fue aprobada por la Comisión Técnica de Normalización Sobre Incendios Forestales en su reunión de 17 de Marzo de 1.993.- Recomendación CTN-ICONA/CCAA No 1/93) 

        ++++++++++++++++
        page1image880
        Según establece el artículo 22 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en relación con la Disposición Adicional novena de la Ley 3/2012, del Sistema del Clasificación profesional, se procede a continuación a realizar la adaptación del sistema de clasificación profesional del Servicio de Brigadas de Emergencia que queda articulado en base a Grupos Profesionales cada uno de los cuales está integrado por los siguientes puestos de trabajo:

        --GRUPO PROFESIONAL 1
        Puestos de trabajo
        Jefe de Dotaciones Consorcio
        Jefe de Dotaciones TRAGSA
        GRUPO PROFESIONAL 2
        Puestos de trabajo
        Jefe de Unidad
        Subjefe
        GRUPO PROFESIONAL 3
        Puestos de trabajo
        Correturnos
        Sustituto de Vacaciones
        Conductor de Autobombo
        GRUPO PROFESIONAL 4
        Puesto de trabajo
        Brigadista

        Los puestos de trabajo tienen asignados los requisitos de acceso, funciones específicas conocimientos,

        responsabilidades y habilitaciones que se establecen a continuación dentro de cada grupo profesional:
        ++++++++++++++++++++++++


        Requisitos para la cobertura para los puestos de trabajo:

        GRUPO PROFESIONAL 1

        -Jefe de Dotaciones Consorcio:

        Jefe o Subjefe de Unidad en Brigadas de Emergencia con titulación de Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural, Técnico Superior en Paisajismo y Medio Rural, Técnico Medio o Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil o Titulación superior de rama forestal y sus correspondencias con la LOGSE.

        GRUPO PROFESIONAL 2 
        -Jefe Unidad:
        Acreditar Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural, Técnico Superior en Paisajismo y Medio Rural, Técnico Medio o Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil o Titulación superior de rama forestal y sus correspondencias con la LOGSE.
        -Subjefe Unidad:
        Acreditar Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural, Técnico Superior en Paisajismo y Medio Rural, Técnico Superior o Medio en Coordinación de Emergencias y Protección Civil o Titulación superior de rama forestal y sus correspondencias con la LOGSE. Estar en posesión del carnet de conducir mínimo B con BTP. 



        GRUPO PROFESIONAL 3 Correturnos:

        Acreditar Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural, Técnico Superior en Paisajismo y Medio Rural, Técnico Medio o Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil o Titulación superior de rama forestal y sus correspondencias con la LOGSE. Estar en posesión del carnet de conducir mínimo C.
        -Sustituto de Vacaciones:
        Estar en posesión del carnet de conducir mínimo C.
        -Conductor de Autobomba:
        Estar en posesión del carnet de conducir C.

        GRUPO PROFESIONAL 4 
        -Brigadista:
        Estar en posesión del carnet de conducir B.
        Fuente: http://bolsabecv.tragsa.es/GRUPOS%20PROFESIONALES.pdf 
        20160224-2-5-Acta14CSVICC-Bolsa de Aspirantes-Requisitos


         20160224-3-5-Acta14CSVICC-Meritos-Seleccion 





































        *En el Acta 14 de la Comisión de Seguimiento queda acordado el proceso. 
        20160224-1-5-Acta14CSVICC-Acta n14-Reunion Condiciones Laborales-






        20160224-5-5-Acta14CSVICC-Rectificacion Tablon de Enero 2016-

        ***********************************************************************

        Grupo Tragsa es:
        Publicaciones:
        Solicitud de información:
        Qué hace Tragsa:

        viernes, 30 de octubre de 2015

        30102015-BOP n.209 30102015_2015_015775_ MODIFICACIÓN(Edad límite) BASES BOLSA DE TRABAJO DE AGENTES DE POLICÍA LOCAL DE RELLEU





        30102015-BOP n.209_2015_015775_ MODIFICACIÓN BASES BOLSA DE TRABAJO DE AGENTES DE POLICÍA LOCAL
        BOP-·nº209_30/10/2015
        MODIFICACIÓN BASES BOLSA DE TRABAJO DE AGENTES DE POLICÍA LOCAL 

        edita excma. diputació provincial d´alacant
        Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
         edita excma. diputación provincial de alicante   Nº 209 de 30/10/2015   Pág. 1 15775 / 2015
        III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

        AYUNTAMIENTO RELLEU

        15775 MODIFICACIÓN BASES BOLSA DE TRABAJO DE AGENTES DE POLICÍA LOCAL
        Modificación Bases Bolsa de Trabajo de Agentes de Policía Local
        Por medio del presente se hace pública la modificación del apartado e) de base
        segunda de la Convocatoria para la creación de una Bolsa de Trabajo destinada a la
        provisión mediante nombramiento interino de plazas de Agente de Policía Local escala
        Administración Especial, clase policía local y auxiliares, pertenecientes a la escala
        básica, por el sistema de oposición.
        La modificación ha sido aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 21 de octubre
        de 2015, y consiste en la eliminación del límite de edad como requisito a cumplir por
        los aspirantes que quieran acceder a dicha bolsa de trabajo. De modo que el apartado
        e) de la base segunda queda redactado del siguiente modo:
        “Haber cumplido dieciocho años sin que exceda de la edad de jubilación forzosa”.
        Igualmente se hace pública la ampliación de un nuevo plazo de diez días naturales a
        partir de la publicación de este Anuncio en el BOP para presentar instancias por todos
        aquellos interesados en formar parte de las pruebas selectivas.
        Los siguientes anuncios referentes a esta convocatoria se realizarán por medio del
        tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal www.relleu.es.
        Relleu, 21 de octubre de 2015

        EL ALCALDE-PRESIDENTE
        http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2015/10/30_209/2015_015775.pdf


        Nota: desde Compromís Per Relleu , solicitamos y exigimos que después de modificar las bases de la bolsa de trabajo , se vuelva abrir el plazo de presentación de solicitudes, dando oportunidad a los posibles nuevas trabajadores i trabajadoras.

        Más información sobre la Bolsa de Trabajo de Policia Local a Relleu.
        ------------------------------------------------------------------------------------------------
        19092015-OFERTA BOLSA DE TRABAJO-BOP nº181 18092015- OFERTA BOLSA DE TREBALL - **POLICIA LOCAL a RELLEU** del 18 al 28/09/2015.
        ------------------------------------------------------------------------------------------------
        30102015-BOP n.209 30102015_2015_015775_ MODIFICACIÓN(Edad) BASES BOLSA DE TRABAJO DE AGENTES DE POLICÍA LOCAL DE RELLEU
        http://relleutreball.blogspot.com.es/2015/11/30102015-bop-n209-301020152015015775.html 

        19092015-BOP nº181 18092015_OFERTA DE TRABAJO Y BOLSA- **POLICIA LOCAL a RELLEU**OFERTA DE TREBALL I BOLSA - **POLICIA LOCAL a RELLEU** + 30102015-BOP n.209 30102015_2015_015775_ MODIFICACIÓN(Edad) BASES BOLSA DE TRABAJO DE AGENTES DE POLICÍA LOCAL DE RELLEU

        http://compromisperrelleu.blogspot.com.es/2015/09/19092015-oferta-de-trabajo-y-bolsa.html